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Los PERMISOS de conducir


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“Los Permisos de conducir”

Si obtienes los permisos de conducir, las expectativas y posibilidades laborales se te incrementan siendo actualmente algo necesario, si lo realizas con una buena formación y bajo unos procesos adecuados, sacarte el permiso de conducir será más ameno, fácil y sencillo.

PERMISOS DE CICLOMOTOR Y MOTO:
  • AM: ciclomotores de dos o tres ruedas y cuatriciclos ligeros. La edad mínima para obtenerlo será de quince años cumplidos.
  • A1: motocicletas con motor de combustión con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 kW (15 CV) para estos propulsores y para los modelos eléctricos (en este caso, denominada «potencia nominal»), y una relación potencia/peso máxima de 0,1 kW/kg para todos. Además se incluyen los triciclos cuya potencia máxima no exceda de 15 kW.
    • La edad mínima para obtenerlo será de 16 años cumplidos.
  • A2: motocicletas (incluido el sidecar) con una potencia máxima de 35 kW (47,2 CV) y una relación potencia/peso no superior a 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.
    • La edad mínima para obtenerlo será de 18 años cumplidos.
  • A: motocicletas y triciclos de motor.
    • La edad mínima para obtenerlo será de 20 años cumplidos.
    • Para el caso de triciclos cuya potencia exceda de 15 Kw, la edad mínima será de 21 años.

El permiso A permite conducir conducir cualquier vehículo incluido en A, A2, A1 y AM. El permiso A2, cualquier vehículo incluido en A2, A1 y AM. Por último el permiso A1 te permite también conducir los vehículos del permiso AM (ciclomotores)

PERMISOS DE TURISMO Y AUTORIZACIONES:
  • B: autoriza para conducir los siguientes vehículos:
    • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg los cuales están diseñados y construidos para el transporte de no más de 8 pasajeros además del conductor.
    • Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada NO exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
    • Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
    • Triciclos y cuatriciclos de motor.
      • La edad mínima para obtenerlo es de 18 años cumplidos.
  • B 96: conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. La MMA del conjunto no podrá pasar de los 4.250 kg.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 18 años cumplidos.
PERMISOS DE CAMIÓN Y TRAILER:
  • C1: automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg y no sobrepase los 7500 kg.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 18 años cumplidos.
  • C1 + E: autoriza para conducir los siguientes vehículos:
    • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C1 y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kg
    • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 12.000 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos
      • La edad mínima para obtenerlo es de 18 años cumplidos.
  • C: automóviles distintos de los que autoriza a conducir el permiso de las clases D1 o D, cuya masa máxima autorizada exceda de 3500 kg.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 21 años cumplidos.
    • Se podrá sacar a los 18 años si se obtiene previamente el CAP bajo la modalidad de formación inicial normal (280 horas)
  • C + E: conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 21 cumplidos.
PERMISOS DE AUTOBÚS:
  • D1: automóviles diseñados y construidos para el transporte de no más de 16 pasajeros además del conductor y cuya longitud máxima no exceda de 8 metros.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 21 años cumplidos.
  • D1 + E: conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 21 años cumplidos.
  • D: autoriza para conducir automóviles diseñados y construidos para el transporte de más de ocho pasajeros además del conductor.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 24 años cumplidos.
  • D + E: autoriza para conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.
    • La edad mínima para obtenerlo es de 24 años cumplidos.

Para la conducción profesional de los vehículos que autoriza a conducir el permiso de las clases C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D o D+E, tienes que realizar, además de los requisitos exigidos en este artículo, los establecidos en el Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.