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Novedades ROTT

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Autorizaciones de transporte público de mercancías de ligero y pesado (Antiguas tarjetas MDL y MDP) – ROTT 2019 – ROTT 2019 – Autorizaciones de transporte público de mercancías Toda la información acerca de las nuevas autorizaciones de transporte público de mercancías (antiguas tarjetas de transporte MDL / MDP) tras el cambio en el Reglamento de Ordenación de […]

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Autorizaciones de transporte público de mercancías de ligero y pesado

(Antiguas tarjetas MDL y MDP)
– ROTT 2019 –

ROTT 2019 – Autorizaciones de transporte público de mercancías

Toda la información acerca de las nuevas autorizaciones de transporte público de mercancías (antiguas tarjetas de transporte MDL / MDP) tras el cambio en el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT)

 

Con la publicación, en Julio de 2013, de la ley que modifica la LOTT, (Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres) se modificaron algunos requisitos en la obtención de autorizaciones que habiliten para realizar transporte público.

Más exacto, los cambios fueron para la tarjeta de transporte de servicio público de ligero, en cuanto a los requisitos necesarios para su obtención, haciendo distinción entre transporte ligero con vehículos de MMA hasta 3500 kg. y transporte ligero con vehículos de más de 3500 kg de peso máximo.

Estos conceptos cambian definitivamente con la publicación del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero 2019, que modifica el ROTT, quedándose el transporte ligero solo para el realizado en vehículos de hasta 3500 Kg. de peso máximo y el transporte pesado para el realizado con vehículos de más de 3,5 toneladas de MMA.

¡Quién pretende realizar transporte público de mercancías estará obligado a estar en posesión de una autorización que habilite para ello!

Por consiguiente…, vamos a analizar cómo queda el transporte de mercancías en cuanto a las autorizaciones de transporte de mercancías, qué vehículos están exentos de tener una autorización de transporte, cuáles son los requisitos para obtener una autorización de transporte nueva, condiciones para ampliar la flota, etc.

IMPORTANTE: No respetar la normativa de transporte en cuanto a las autorizaciones de transporte de ligero o pesado puede acarrear sanciones, ver: multas autorización transporte

Vehículos exentos de una autorización de transporte

No se necesita la obtención de una autorización para realizar las siguientes modalidades de transporte público, según el artículo 33 punto 2 del ROTT:

 Transportes realizados en vehículos cuya velocidad máxima autorizada no supere los 40 kilómetros por hora.

 Transportes realizados en vehículos que lleven unidos de forma permanente máquinas o instrumentos tales como los destinados a grupos electrógenos, grúas de elevación, equipos de sondeo, etc., constituyendo dichas máquinas o instrumentos el uso exclusivo del vehículo. Esta exención incluirá el transporte a bordo de tales vehículos de aquellas piezas, herramientas u otros adminículos que resulten necesarios para el correcto funcionamiento de la máquina o equipo o la adecuada prestación de los servicios a que se encuentran destinados.

 Transportes realizados en vehículos de menos de 3 ruedas.

 Transportes de mercancías realizados en vehículos cuya masa máxima autorizada no sea superior a 2 toneladas.

 Transportes realizados íntegramente en recintos cerrados dedicados a actividades distintas del transporte terrestre, salvo en aquellos supuestos en que, por concurrir circunstancias de especial repercusión en el transporte de la zona, el órgano competente de la Administración de transportes, mediante resolución motivada, establezca expresamente la obligatoriedad de autorización.

 Transportes de equipajes en remolques arrastrados por vehículos destinados al de viajeros.

 Transportes de basuras e inmundicias de carácter doméstico realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello o que, en cualquier caso, hubiesen sido adquiridos con este fin por la correspondiente Entidad local.

 Transportes de dinero, valores y mercancías preciosas realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.

 Transportes de medicamentos, de aparatos y equipos médicos, y de otros artículos necesarios en casos de ayudas urgentes y, en particular, de catástrofes naturales.

 Transportes realizados con ocasión de la impartición de clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducción o del certificado de aptitud profesional de los conductores (CAP).

 Transportes realizados utilizando vehículos históricos conceptuados como tales de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Vehículos Históricos, aprobado por el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio.

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Tipos de autorizaciones de transporte público de mercancías

1. Autorización de transporte público de mercancías de ligero (antigua MDL para vehículos de hasta 3.500 Kg. de MMA) o autorizaciones de transporte de mercancías exclusivamente en vehículos que no superen las 3,5 toneladas de masa máxima autorizada.
Transporte ligero: realizado en vehículos con un peso máximo de hasta 3.500 kg.
En esta categoría entran los vehículos como: mixtos adaptables, furgonetas, camiones.
Todos los vehículos que tengan un peso máximo comprendido entre los 2.000 kg. y los 3.500 kg. de MMA necesitan una autorización de transporte de mercancías para vehículos de ligero, o autorización de transporte para vehículos de hasta 3,5 toneladas de MMA.

2. Autorización de transporte público de mercancías de pesado (antigua MDL para vehículos de más de 3.500 Kg. de MMA y antigua MDP) o autorizaciones de transporte de mercancías en cualquier clase de vehículo.
Transporte pesado o autorizaciones de transporte de mercancías en cualquier clase de vehículo: el transporte realizado con vehículos con peso máximo superior a 3.500kg.
En esta categoría entran vehículos como: camiones de más de 3.500kg. de MMA, tractoras, vehículos especiales, hormigoneras, etc.

IMPORTANTE A la entrada en vigor de la modificación del ROTT, todas las tarjetas MDL que están en alta y tengan adscrito un vehículo de más de 3.500Kg. de peso máximo se convertirán automáticamente en autorizaciones de pesado.

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Notas en común en cuanto a las autorizaciones de transportes que se deben de conocer:

Con la modificación del ROTT, la tarjeta de transporte desaparece, la que todos conocían y tenían en sus vehículos o empresas (la tarjeta física).

Además, el antiguo sistema de autorizaciones, en el que una empresa disponía de una tarjeta de empresa y copias de esta para todos los vehículos que la empresa disponía, cambia a otro sistema en el cual es necesario solicitar la vinculación de un vehículo determinado a una autorización de transporte mediante la solicitud de su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades de Transportes.

Solo pueden solicitar autorizaciones de transporte las personas físicas o jurídicas con ánimo de lucro. Una comunidad de bienes, sociedad civil, empresas sin ánimo de lucro no pueden hacerlo. En caso de herederos forzosos, en caso de fallecimiento del titular de la autorización, se puede realizar una novación subjetiva a favor de sus herederos de forma conjunta (por un plazo máximo de dos años).

IMPORTANTE: las autorizaciones de transporte público de mercancías son incompatible con las autorizaciones de transporte privado complementario.(o se tiene una u otra).

Requisitos primera autorización de transporte público de mercancías de una empresa

Requisitos para la obtención de la primera autorización de transporte público de mercancías

1. Requisitos primera autorización de transporte de ligero

Primera autorización de transporte de vehículos con MMA de hasta 3.500 kg. inclusive:
a) Para la primera tarjeta de transporte se necesitará disponer de un solo vehículo en propiedad, arrendamiento financiero (leasing) o arrendamiento ordinario (alquiler).
Importante: Con el cambio del ROTT, la disposición del primer vehículo puede ser en forma de alquiler ordinario, que hasta la fecha no existía.

b) Antigüedad del vehículo: hasta 5 meses desde la primera fecha de matriculación.

c) Estar (empresa / autónomo) dada(o) de alta en Hacienda en el epígrafe correspondiente al ejercicio profesional de la actividad de transporte que resulte pertinente en función de la clase de autorización que se trate e inscrita(o) en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

d) Estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.

e) Disponer de dirección y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes.

2. Requisitos primera autorización de transporte de pesado

Primera autorización de transporte de vehículos con MMA superior a 3500 kg.:

a) Para la primera tarjeta de transporte se necesitará disponer de un solo vehículo en propiedad, arrendamiento financiero (leasing) o arrendamiento ordinario (alquiler).
Importante: Con el cambio de la ROTT desaparece el requisito de la flota mínima.

b) Antigüedad del vehículo: hasta 5 meses desde la primera fecha de matriculación.

c) Estar (empresa / autónomo) dada(o) de alta en Hacienda en el epígrafe correspondiente al ejercicio profesional de la actividad de transporte que resulte pertinente en función de la clase se autorización que se trate e inscrita(o) en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.

d) Estar al corriente de pago con Hacienda y Seguridad Social.

e) Disponer de dirección y firma electrónica, así como del equipo informático necesario para documentar a distancia el contrato y otras formalidades mercantiles con sus clientes.

f) Tener un gestor que aporte el título de competencia profesional (capacitación para el transporte). Con el cambio del ROTT, se abre de nuevo la puerta a las personas físicas a contratar una persona como gestor y que aporte el título de capacitación.
Importante: Los autónomos que no tengan su propio título de capacitación podrán contratar a un gestor de transporte en las siguientes condiciones: trabajador contratado como directivo o jefe de taller por régimen general de la Seguridad Social a jornada completa o en caso de parentesco como autónomo colaborador, si corresponde.
En caso de personas jurídicas (empresas): el gestor puede ser un trabajador contratado como directivo o jefe de taller por régimen general de la Seguridad Social a jornada completa o autónomo administrador con más del 15% de participaciones en la empresa.
* un mismo gestor podrá capacitar a más de una empresa siempre que pertenezcan en más del 50% a un mismo titular, bastando que esté contratado / sea autónomo en una de ellas, pero en todas deberá cumplir las funciones antes mencionadas.

g) Tener una capacidad financiera de 9.000€ para el primer vehículo más 5.000€ adicionales para cada vehículo. (al ser 3 vehículos se necesitarán como mínimo 19.000€).

h) Disponer de un establecimiento que será el lugar en cual la empresa esté domiciliada y se encuentre sus documentos contables, de gestión de personal o relativos a los tiempos de conducción y descanso de los conductores, así como cualesquiera otros relacionados con su actividad de transporte.

i) Cumplir el requisito de honorabilidad tanto el propio titular de la autorización ya sea una persona física o jurídica, como el gestor de transporte de la empresa a título personal.

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Ampliación o sustitución de vehículos

– adscripción de nuevos vehículos a una autorización de transporte público de mercancías existente –
(ampliar flota, una vez que se tiene la primera tarjeta)
Normas comunes tanto para las autorizaciones de ligero como de pesado:

Para las ampliaciones de flota como para la sustitución de los vehículos adscritos a una autorización se deberán cumplir una de las dos condiciones:
I) La antigüedad media de la flota adscrita a la autorización después de la incorporación del nuevo vehículo o la sustitución de uno de los que se encontraban adscritos, no podrá superar la que dicha flota tenía antes de la nueva adscripción o sustitución.
II) Los nuevos vehículos que se pretenden adscribir a la autorización sean todos los que hasta ese momento se hallaban adscritos a otra autorización de transporte público a la que su titular renuncie simultáneamente. (comprar un vehículo/s con tarjeta/s).

Explicación I): si una empresa dispone de un vehículo de 1 año de antigüedad y pretende ampliar la flota con otro vehículo, este último deberá de tener una antigüedad máxima de 1 año.
Si una empresa dispone de 2 vehículos, uno de 10 años de antigüedad y otro de 4 años, podrá ampliar la flota con un tercero de hasta 7 años de antigüedad.

Reducción de flota – baja de autorizaciones de transportes

Se puede renunciar a cualquier autorización de transporte de mercancías (reducir la flota) en cualquier momento sin penalizaciones. No hay restricciones de permanencia como había antes del cambio del ROTT en caso de obtener una tarjeta de pesado por ventanilla. Tampoco hay restricciones si se pretende transmitir la autorización a otra empresa, aunque previamente se haya reducido la flota.

Transmisión de autorizaciones de transporte público de mercancías

Las autorizaciones de transporte público de mercancías podrán ser transmitidas en todo momento si el que compra pasa a disponer de todos los vehículos adscritos a la autorización transmita a través de cualquier modalidad: propiedad, leasing, alquiler.

Importante: con el cambio del ROTT, desaparece el requisito de la antigüedad mínima de 10 años para que las tarjetas se puedan transmitir, en cambio el nuevo requisito pasa a ser el de pasar / transmitir todo, la autorización y el vehículo adscrito a ella.

Visados

La renovación de las autorizaciones de transporte se realiza de oficio por la administración, que atenderá, en principio, a la información existente en los registros públicos; por lo tanto, no será necesario realizar el visado, solamente en el caso que la Administración no puede conseguir algún dato, requerirá al interesado su aportación, de no aportarse en 10 días, la autorización pierde su validez.

¿Cómo comprobar si una empresa tiene autorización de transporte?

Todo lo que se necesita para comprobar si la empresa / autónomo cuenta con la autorización de transporte o con la licencia comunitaria es el CIF / NIF. O, si no se sabe este dato, se puede averiguar con la matrícula del vehículo.
De igual manera, con el DNI / NIE, se puede comprobar si una persona tiene o no el título de transportista o el CAP.
El acceso es libre, sin ninguna identificación requerida. Los datos ofrecidos son los que constan en el Registro de Empresas y Actividades del Transporte, y son de carácter público.
La comprobación se puede realizar a través del siguiente enlace.

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